Una de las preguntas más repetidas entre familias es a qué edad se puede tatuar o hacer un piercing una persona menor. La respuesta corta: depende de la comunidad autónoma. No hemos encontrado una ley de todo el Estado que fije una edad mínima, y cada comunidad regula las condiciones de estos locales. Esta guía explica con detalle la norma de Andalucía, que es la que se aplica en Málaga, y avisa de cómo puede cambiar en otras comunidades. Es información orientativa, no es asesoramiento legal.
Qué dice la norma en Andalucía
El Decreto 71/2017 regula los locales de tatuaje, micropigmentación y piercing en Andalucía. Sus reglas valen igual para el piercing (art. 1 y 3). Sobre menores y personas con capacidad limitada dice esto (art. 22):
- Los menores de 16 años necesitan su propio consentimiento informado y, además, el permiso expreso y por escrito de su madre, su padre o sus tutores legales (art. 22.1). «Consentimiento informado» quiere decir aceptar después de haber recibido toda la información.
- Si la capacidad se ha retirado por sentencia, el consentimiento lo da su representante legal, dentro de los límites que fije la sentencia (art. 22.2).
- Quien tatúa debe negarse a hacerlo si falta el consentimiento informado, o si cree que la persona no está en condiciones físicas o mentales de darlo (art. 22.3).
Consumo Responde, el servicio de la Junta de Andalucía, dice lo mismo: los menores de 16 años necesitan además el permiso escrito de sus padres, tutores o representantes legales.
¿Y entre los 16 y los 17 años?
El decreto andaluz pide el permiso de los padres a los menores de 16 años. A partir de esa edad no establece la misma exigencia. Pero eso no quiere decir que cualquier estudio te acepte a cualquier edad. Pregunta siempre al estudio qué papeles pide, porque puede pedir más de lo que fija la norma. Y recuerda: el consentimiento informado propio es obligatorio a cualquier edad.
Cómo puede cambiar en otras comunidades
La Comunidad de Madrid, en su página de consumo (última actualización: 6 de mayo de 2026), dice que, para los menores no emancipados, el consentimiento informado lo debe firmar su representante legal. También dice que el local debe comprobar la identidad del menor y guardar los documentos durante tres años. No es lo mismo que en Andalucía. Por eso conviene mirar la norma de la comunidad donde vayas a tatuarte. Si no vives en Andalucía, comprueba la norma de tu comunidad antes de reservar.
Qué debe hacer el estudio
- Informar antes, de forma clara, hablando y por escrito, de todo sobre la técnica, y pedir la firma en el mismo documento (art. 17.1).
- Darte una copia del consentimiento. Debe estar firmado en todas las hojas por la persona interesada y por quien tatúa, con lugar y fecha, y hecho por duplicado, sin tachaduras (art. 20.1). Para menores de 16 años se aplica además el art. 22.
- Guardar el documento al menos cinco años desde el servicio, respetando la intimidad y la protección de datos (art. 20.2 y 20.3).
- Poner un cartel en recepción, que se lea desde cinco metros, con dos avisos: hace falta capacidad suficiente para dar el consentimiento, y hay hojas de reclamaciones (art. 21.1).
- Explicar los casos en los que no se recomienda y los problemas posibles (art. 19), como el embarazo, la lactancia, las alergias o algunas enfermedades. Tienes la lista completa en nuestra guía de primer tatuaje.
Si eres madre, padre o tutor
- Pide leer el consentimiento antes del día de la cita. Mira que diga la técnica, la zona del cuerpo, los materiales y el presupuesto (art. 17.2).
- Comprueba que te dan una copia firmada y que consta tu permiso expreso y por escrito (art. 20.1 y 22.1).
- Usa las comprobaciones de nuestra guía cómo elegir un estudio de tatuajes en Málaga: material abierto delante de ti, cartel y hojas de reclamaciones.
- Recuerda que un tatuaje permanente debe decir «Es para toda la vida», y que hay que explicar las posibilidades reales de quitarlo (art. 17.2.g y h).
Si algo no se ha hecho bien
Si el estudio no cumple, puedes pedir la hoja de reclamaciones (art. 21.2). Consumo Responde atiende dudas y reclamaciones en el teléfono gratuito 900 21 50 80 y en consumoresponde@juntadeandalucia.es. Si hay una reacción o un problema después del tatuaje o del piercing, el decreto dice que hay que ir al médico (art. 18).
Dónde buscar estudios en Málaga
En nuestro catálogo hay estudios de tatuaje y piercing de Málaga con su dirección y teléfono. Es una lista informativa: no valoramos ni garantizamos a ningún estudio. Confirma siempre con el propio estudio cuál es su política con menores.